Anna Katharina Müller, ministra de Educación
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ordenó al Ministerio de Educación Pública (MEP) a entregar la información solicitada por el Estado de la Educación (EE).
Según la resolución Nº 2024034717, emitida el 22 de noviembre, se pidió al director de Gestión y Evaluación de la Calidad del Ministerio de Educación Pública (MEP), Álvaro Artavia Medrano, a que en 10 días hábiles entregue la información relacionada con las bases de datos de las pruebas nacionales estandarizadas de 2023 y 2024.
La información deberá ser tanto de las pruebas diagnósticas como sumativas, así como los cuadernillos de ítems vinculados a dichas pruebas y las bases de datos de las pruebas comprensivas del mismo periodo.
“La negativa de la autoridad recurrida carece de justificación suficiente, por lo que se ordena la entrega de estos datos en el formato anonimizado solicitado, garantizando en todo momento la protección de los datos personales, sensibles y de acceso restringido conforme a la normativa vigente”, se detalla en la resolución.
El Estado de la Educación solicitó dicha información para la elaboración del informe; sin embargo, no hubo una respuesta por parte de la cartera educativa.
Según expuso el MEP en el recurso de amparo presentado por el EE, los resultados de los estudiantes son de “acceso restringido”, razón por la cual no brindaron dichos datos.
Los resultados se remiten, únicamente, a la población estudiantil (individual por estudiante) y a los centros educativos, por tratarse de información personal de cada estudiante. Las bases de datos que refieren a esta información son de acceso restringido de acuerdo con la ley y su reglamento. Sin embargo, los informes generales de resultados son de acceso público.
De la solicitud de cuadernillos de ítems utilizados en la prueba nacional estandarizada diagnóstica y sumativa, los cuadernillos utilizados en la aplicación la Prueba Nacional Estandarizada (Diagnóstica y Sumativa, primaria y secundaria) están a disposición de las personas interesadas: 1) en formato físico, están en resguardo de los directores de los centros educativos; y 2) en formato digital, se encuentran posteados en la Plataforma de Apoyo Institucional (PAI) a la cual los directores de los centros educativos tienen acceso. En este sentido, estos documentos son de acceso exclusivo para las personas examinadas y los centros educativos, detalló el MEP a la Sala.
Pese a esto, los altos magistrados declararon parcialmente con lugar el recurso.
“Se declara parcialmente con lugar el recurso. En consecuencia, se ordena a Álvaro Artavia Medrano, en su condición de director de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad del Ministerio de Educación Pública, o a quien ocupe dicho cargo, que gire las órdenes pertinentes y lleve a cabo las actuaciones que estén dentro del ámbito de su competencia, para que, dentro del plazo diez días, contado a partir de la notificación de esta sentencia, se le entregue a la parte recurrente la información requerida en los tres puntos del oficio n.° CNR-PEN189-2024 presentado en la fecha del 06 de junio de 2024, que comprende las bases de datos de las pruebas nacionales estandarizadas correspondientes a los años 2023 y 2024 en un formato anonimizado (…)
Incluyendo los ítems, centros educativos, direcciones regionales, niveles de desempeño, modalidades educativas, niveles y asignaturas relacionadas, así como los cuadernillos de ítems vinculados a dichas bases de datos, salvaguardando toda la información de acceso restringido, así como sensible y confidencial”, concluye el por tanto.
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Rachell Matamoros